INSCRIPCIÓN LISTADOS 108 A Y B IN FINE 2024-

 

 


  Secretaria de Asuntos Docentes

Presidente Perón

               

INSCRIPCIÓN LISTADOS

108 A Y B IN FINE 2024- 

SAD PRESIDENTE PERÓN.

  

La Secretaría de Asuntos Docentes de Presidente Perón comparte MEMO sobre Inscripciones Listados 108 A y 108 B In Fine – 2024

 

·       CLICK PARA DESCARGAR DECLARACIÓN JURADA DE INSCRIPCIÓN

(NO EDITAR el archivo de la declaración jurada, primero DESCARGAR y luego sobre esa descarga editar con sus datos. Finalmente guardar en su dispositivo y adjuntar al formulario al momento de la inscripción)

·       CLICK PARA INGRESAR AL 

FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN

 

 Los listados 108 A in fine (docentes con constancia de carrera terminada)  

                     108 B In fine (docentes con porcentaje de materias/ Técnicos/T. Social)

 

Deberán completar  (con letra clara y prolija) todos los campos de información,  como así también adjuntarán la documentación solicitada en formato PDF (se recomienda antes de realizar el formulario, leer los requisitos de documentación a subir, prepararla en el archivo con el nombre correspondiente para luego poder subirla sin problemas), por ejemplo un archivo PDF de dos páginas que se llame DNI y que contenga  sólo el DNI.

Otro archivo con el formulario  de inscripción, otro con los títulos y constancias de modo que la documentación ingrese ordenada.

REVISAR QUE LA DOCUMENTACION SE VEA COMPLETA, EN VERTICAL Y LEGIBLE EN SU TOTALIDAD

 

IMPORTANTE: 

      EL FORMULARIO SE HABILITARÁ PARA LA CARGA ÚNICAMENTE LOS DIAS  DE INSCRIPCIÓN INDICADOS. 

TODOS LOS NIVELES Y MODALIDADES

Ante cualquier duda o consulta pueden enviar un correo electrónico a: sad129listados@abc.gob.ar

     ASUNTO: APELLIDO - NOMBRE Y LISTADO AL QUE SE INSCRIBE y luego su consulta.

 

INSCRIPCIONES DE MARZO A DICIEMBRE:

 Los 2 primeros días hábiles de cada mes

MES de ABRIL: 3 y 4 -

Sujeto a modificaciones en las diferentes materias y/o cargos dependiendo de las necesidades del distrito.

 

Se utilizará la Declaración Jurada que se encuentra disponible en el Portal ABC, SERVICIOS ABC, ingresando al siguiente enlace: 

NORMATIVA Y DECLARACIÓN JURADA PARA DESCARGAR 

(NO EDITAR el archivo de la declaración jurada, primero DESCARGAR y luego sobre esa descarga editar con sus datos. Finalmente guardar es su dispositivo y adjuntar al formulario al momento de la inscripción)

  Se recuerda la vigencia de la RESFC-2018-326-GDEBA-DGCYE, que podrá ser descargada del siguiente enlace:

RESFC-2018-326-GDEBA-DGCYE

 

             108 A Y B IN FINE 2024

 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA AMBOS LISTADOS:

En todos los Listados en los que aspire ingresar el docente, deberá presentar:

  •  Planilla de Declaración Jurada de Inscripción- Declaración jurada de inscripción COMPLETAR  CON LETRA LEGIBLE, FIRMARLA Y ESCANEARLA PARA SUBIRLA

 Las mismas se descargan desde la Página www.abc.gob.ar (servado- ingreso a la docencia- documentos de descarga- Declaración Jurada IN-FINE)

  • Distritos Solicitados: En la DDJJ el/la aspirante podrá consignar el nombre completo del distrito de residencia u otro ,  en letras o el número correspondiente haciéndose responsable de lo que indica, ya que la planilla de inscripción tiene carácter de Declaración Jurada.

Por ejemplo:

 PRESIDENTE PERÓN o 129

 SAN VICENTE 099

 ALTE. BROWN 004

 

LISTADO 108 A IN FINE

REQUISITOS:

Títulos habilitantes, registrados en la D.G.C y E  ó constancia de título en trámite.

DNI, anverso y reverso.

Es de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que establece:

ART 68°: (Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento, si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con carácter definitivo. La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.

ART 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren prestando servicios al momento de Comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.

Para este listado serán considerados todos los títulos siempre que se encuentren en el nomenclador   de títulos vigente.

- En el caso de que el/la aspirante no cuente con el título correspondiente al momento de la inscripción, se admitirán las constancias de título en trámite de los/as aspirantes egresados de los Institutos Superiores de Formación Docente y/o Técnico y de las instituciones ajenas a la DGCYE (Institutos y Universidades). En este último caso la certificación deberá ser emitida por la Institución correspondiente con la firma de las autoridades de la misma. Se adjunta link de acceso de modelo de constancia ( para instituciones dependientes de DGCYE) disponible en el portal ABC, SERVICIOS ABC,  ingresando al siguiente enlace ( Documentos de descarga- Constancia de superior)

CLICK EN LINK DE DESCARGA PARA CONSTANCIAS DE TRES FIRMAS

 

LISTADO 108 B IN FINE-

(ESTUDIANTES- TÉCNICOS-T. SOCIAL)

Porcentajes para la inscripción:

INICIAL (MI) 75 % DE LA CARRERA APROBADA

PRIMARIA (MG - AI) 50% DE LA CARRERA APROBADA.

ADULTOS (MC) 75% DE LA CARRERA APROBADA.

SECUNDARIA, TECNICA (SOLO ESTUDIANTES DE PROFESORADOS 50% CARRERA APROBADA).

EDUCACIÓN FÍSICA 80% DE LA CARRERA APROBADA.

EDUCACIÓN ESPECIAL 60% DE LA CARRERA APROBADA.

PSICOLOGÍA 50% DE LA CARRERA APROBADA.

ARTÍSTICA TODOS LOS LENGUAJES 50% DE LA CARRERA APROBADA.

PROFESIONALES Y TÉCNICOS TÍTULO TERMINADO Y ESTAR CURSANDO EN TRAMO DE FORMACIÓN PEDAGÓGICA CON 50% APROBADO.

 

REQUISITOS:

·Tener en cuenta que no es obligatoria la presentación del título secundario, salvo en los casos que su condición de título lo requiera.

  •    DNI anverso y reverso
  •    Título habilitante o constancia de porcentaje de la carrera mayor al 50% dependiendo del nivel o modalidad, actualizada al momento de la inscripción.

ATENCIÓN

- Constancia de alumno regular actualizada al momento de la inscripción. Aquellas emitidas con fecha noviembre/diciembre 2023 serán válidas para inscripción del mes de  febrero y marzo 2024. Las presentaciones posteriores deberán ser actualizadas al ciclo lectivo y/o calendario académico 2024 donde se especifique el porcentaje de materias aprobadas y la condición de alumno regular 2024.

Cabe aclarar que la condición de alumno regular es determinante para ser habilitado en Listado Complementario 108 B y su In Fine.

- Las constancias que consignen que los/as aspirantes hayan aprobado el 100% de las materias y no cuentan con el certificado de título en trámite emitido por la institución educativa, se considerarán con el 100% de materias aprobadas para el Ítem 1 del listado 108 B. No corresponde la inclusión en el Listado 108 A.

- Corresponde la inclusión en este listado de los/as aspirantes que presentan títulos de profesionales y/o técnicos sin capacitación docente.

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