INSCRIPCIÓN EN LOS LISTADOS 108 A Y B IN FINE 2024
Presidente
Perón
INSCRIPCIÓN LISTADOS
108 A Y 108 B IN FINE - 2024
ORGANIZACIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN EN
LOS LISTADOS 108 A Y B IN FINE 2024- SAD PRESIDENTE PERÓN.
La Secretaría de
Asuntos Docentes de Presidente Perón comparte MEMO sobre Inscripciones Listados
108 A y 108 B In Fine – 2024
La
inscripción del mes de Febrero 2024 se realizará
los días 14 y 15 /2/2024,
mediante el siguiente formulario de Google (link de entrada)
·
CLICKPARA DESCARGAR DECLARACIÓN JURADA DE INSCRIPCIÓN
(NO EDITAR el archivo de la declaración jurada,
primero DESCARGAR y luego sobre esa descarga editar con sus datos. Finalmente guardar
en su dispositivo y adjuntar al formulario al momento de la inscripción)
· CLICK PARA
INGRESAR AL FORMULARIO DE
INSCRIPCIÓN
Los listados 108 A
in fine (docentes con constancia de carrera terminada) y 108 B In fine (docentes con porcentaje de
materias/ técnicos)
Deberán completar (con letra clara y prolija) todos los campos
de información, como así también
adjuntarán la documentación solicitada en formato PDF (se recomienda antes de
realizar el formulario, leer los requisitos de documentación a subir,
prepararla en el archivo con el nombre correspondiente para luego poder subirla
sin problemas), por ejemplo un archivo PDF de dos páginas que se llame DNI y
que contenga sólo el DNI.
Otro archivo con el
formulario de inscripción, otro con los
títulos y constancias de modo que la documentación ingrese ordenada.
IMPORTANTE: EL FORMULARIO SE HABILITARÁ PARA LA CARGA UNICAMENTE
DURANTE EL PERIODO DE INSCRIPCION (SÓLO
POR EL MES DE FEBRERO LOS DÍAS 14 Y 15 hasta las 18 HS.)-TODOS LOS NIVELES Y
MODALIDADES
Ante cualquier duda o consulta
pueden enviar un correo electrónico a: sad129listados@abc.gob.ar
ASUNTO: APELLIDO - NOMBRE Y
LISTADO AL QUE SE INSCRIBE y luego su consulta.
LAS POSTERIORES INSCRIPCIONES (MARZO A DICIEMBRE): Los
2 primeros días hábiles de cada mes
Sujeto a modificaciones en las
diferentes materias y/o cargos dependiendo de las necesidades del distrito.
Se utilizará la Declaración
Jurada que se encuentra disponible en el Portal ABC, SERVICIOS ABC, ingresando
al siguiente enlace: NORMATIVA
Y DECLARACION JURADA PARA DESCARGAR
(NO EDITAR el archivo de la declaración jurada, primero DESCARGAR
y luego sobre esa descarga editar con sus datos. Finalmente guardar es
su dispositivo y adjuntar al formulario al momento de la inscripción)
Se recuerda la vigencia de la
RESFC-2018-326-GDEBA-DGCYE, que podrá ser descargada del siguiente enlace:
REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE LISTADOS
108 A Y B IN FINE 2024
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA
AMBOS LISTADOS:
En todos los Listados en los que
aspire ingresar el docente, deberá presentar:
·
Planilla de Declaración Jurada de Inscripción-
Declaración jurada de inscripción
Las mismas se descargan desde la Página
www.abc.gob.ar (servado- ingreso a la docencia- documentos de descarga-
Declaración Jurada IN-FINE)
Distritos Solicitados: En la DDJJ el/la aspirante podrá consignar
el nombre completo del distrito de residencia u otro , en letras o el número correspondiente
haciéndose responsable de lo que indica, ya que la planilla de inscripción
tiene carácter de Declaración Jurada.
Por ejemplo:
PRESIDENTE PERÓN o 129
SAN VICENTE
099
ALTE. BROWN
004
LISTADO 108 A IN
FINE
REQUISITOS:
Títulos habilitantes, registrados
en la D.G.C y E ó constancia de título
en trámite.
DNI, anverso y reverso.
Es de aplicación en todos los
casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y
Decretos Reglamentarios, que establece:
ART 68°: (Ley 10614) La falsedad
en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento, si lo hubiese, y
excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años,
de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin
que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores
designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del
aspirante con carácter definitivo. La sanción se aplicará previa instrucción de
sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ART 68°: (Decreto 2485/92) – Una
vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de
Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de
Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del sumario pertinente. En
caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la
designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado
a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la documentación que se le
atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo para
que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es
ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo
respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán
los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de
infractores reincidentes que no se encuentren prestando servicios al momento de
Comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado
precedentemente.
Para este listado serán
considerados todos los títulos siempre que se encuentren en el nomenclador de títulos vigente.
- En el caso de que el/la
aspirante no cuente con el título correspondiente al momento de la inscripción,
se admitirán las constancias de título en trámite de los/as aspirantes
egresados de los Institutos Superiores de Formación Docente y/o Técnico y de
las instituciones ajenas a la DGCYE (Institutos y Universidades). En este último
caso la certificación deberá ser emitida por la Institución correspondiente con
la firma de las autoridades de la misma. Se adjunta link de acceso de modelo de
constancia ( para instituciones dependientes de DGCYE) disponible en el portal
ABC, SERVICIOS ABC, ingresando al
siguiente enlace ( Documentos de descarga- Constancia de superior)
CLICK
EN LINK DE DESCARGA PARA CONSTANCIAS DE TRES FIRMAS
LISTADO 108 B IN
FINE-108 B IN FINE (ESTUDIANTES)
Porcentajes para la inscripción:
INICIAL (MI) 75 % DE LA CARRERA
APROBADA
PRIMARIA (MG - AI) 50% DE LA
CARRERA APROBADA.
ADULTOS (MC) 75% DE LA CARRERA
APROBADA.
SECUNDARIA, TECNICA (SOLO
ESTUDIANTES DE PROFESORADOS 50% CARRERA APROBADA).
EDUCACIÓN FÍSICA 80% DE LA
CARRERA APROBADA.
EDUCACIÓN ESPECIAL 60% DE LA
CARRERA APROBADA.
PSICOLOGÍA 50% DE LA CARRERA
APROBADA.
ARTÍSTICA TODOS LOS LENGUAJES 50%
DE LA CARRERA APROBADA.
PROFESIONALES Y TÉCNICOS TÍTULO
TERMINADO Y ESTAR CURSANDO EN TRAMO DE FORMACIÓN PEDAGÓGICA CON 50% APROBADO.
REQUISITOS:
·Tener en cuenta que no es
obligatoria la presentación del título secundario, salvo en los casos que su
condición de título lo requiera.
·DNI anverso y reverso
·Título habilitante o constancia
de porcentaje de la carrera mayor al 50% dependiendo del nivel o modalidad,
actualizada al momento de la inscripción.
- Constancia de alumno regular
actualizada al momento de la inscripción. Aquellas emitidas con fecha
noviembre/diciembre 2023 serán válidas para inscripción del
mes de febrero y marzo 2024.
Las presentaciones posteriores deberán ser actualizadas al ciclo lectivo y/o
calendario académico 2024 donde se especifique el porcentaje de materias
aprobadas y la condición de alumno regular 2024.
Cabe aclarar que la condición de
alumno regular es determinante
para ser habilitado en Listado Complementario 108 B y su In Fine.
- Las constancias que consignen
que los/as aspirantes hayan aprobado el 100% de las materias y no cuentan con
el certificado de título en trámite emitido por la institución educativa, se
considerarán con el 100% de materias aprobadas para el Ítem 1 del listado 108
B. No corresponde la inclusión en el Listado 108 A.
- Corresponde la inclusión en
este listado de los/as aspirantes que presentan títulos de profesionales y/o
técnicos sin capacitación docente.