DOCUMENTO DE APOYO PARA DOCENTES TITULARES QUE RECLAMEN SU PAD 2022
PUNTAJE ANUAL DOCENTE 2022
Consideraciones Generales:
➢ ¿Quiénes están en condiciones estatutarias de obtener PAD 2022?
.Todos los docentes titulares de las Instituciones Educativas de Gestión Estatal de la Provincia de Buenos Aires, designados hasta el ciclo
lectivo 2020 (incluidos también los titulares interinos del año mencionado)
.Docentes Reincorporados
al Sistema: Se confeccionará su
PAD
al año siguiente
de la reincorporación.
Dado que deben analizarse los antecedentes del docente y desempeños, deberá la SAD solicitar la confección de dicho PAD
al Departamento de Puntaje Docente, así como también, enviar documentación que este Departamento le requiera.
➢ ¿Por qué obtengo PAD recién a los 2 años de mi designación como titular?
Se tomará la calificación asignada en
el período estipulado por el Calendario de Actividades Docentes, considerándose “Calificación Firme a fines de PAD”
Ej: Titular interino 2020, su calificación estará firme en
el 2022, año en el que se le asignará su primer PAD.
➢ Consideraciones específicas:
A tener en cuenta:
.Aquellos docentes que
titularizaron en el nivel Técnico, anterior al 01.03.2012 conservarán toda su antigüedad, indistintamente si fueren
servicios en secundario, ex tercer ciclo, media, técnica y agraria.
A partir del 01.03.2012, se separan los niveles, por lo
cual quienes titularicen a partir de dicha fecha, solo computarán en su antigüedad los servicios prestados
en el mismo nivel (Técnico)
.En la selección de acción
estatutaria: Se incorpora en abc, en Encuadre para carga de PAD: “CAMBIO
DE ESTRUCTURA RES 1657 (BAO-BAOT a CENS)”
Se cargará en acta, con año 2017, a partir del 28/11/2017 y
en la TP la fecha de titularización del cargo de base anterior
al cambio a CENS
Con esta carga,
nos dará la pauta de que los docentes de Secundaria Adultos
(M.M) (BAO,
BAOT) deberán conservar la valoración asignada en Secundaria, dado que el paso a CENS es una situación que le acaece
al docente, no una acción voluntaria por parte del mismo.
➢ ¿Cómo consulto mi PAD 2022?
El PAD 2022 se
visualizará en el espacio web SERVADO PAD, en el período que va desde el día 04 de mayo 2022 hasta el 18 de Mayo 2022
➢ ¿Dónde y cómo me notifico del PAD 2022?
El docente deberá ingresar con su usuario de ABC-servicio
que valida su identidad-al espacio web SERVADO PAD, en esa instancia se dará por notificado su PAD 2022.
➢ ¿Cómo manifiesto mi disconformidad con el puntaje
asignado?
. El docente una vez que accede a visualizar su PAD 2022,
podrá hacer uso de su derecho a recurrir
dicho puntaje, en el caso que no lo consienta. Para ello, desde el mismo
espacio web podrá realizarlo mediante
un botón denominado RECURRIR PUNTAJE, quedando dicho PAD
identificado como recurrido
en el SERVADO PAD.
El docente deberá interponer Recurso al correo electrónico
ABC destinado para PAD 2022 a la Secretaría de Asuntos Docentes
de su distrito, especificando su disconformidad y adjuntar - digitalizadas- las probanzas que respalden su petición, a fin
que sea considerado, conforme lo establece
el artículo 52° del Decreto
2485/92 modificado por su similar
441/95.
➢
Este procedimiento será considerado por la administración como la FORMAL INTERPOSICION DE UN RECURSO CONTRA SU PAD 2022.
➢ ¿Cómo presento mi reclamo
de PAD 2022?
El recurso en disconformidad por parte del docente deberá
ser remitido al correo electrónico ABC específico para tramitar los recursos por el PAD 2022 de la
Secretaría de Asuntos Docentes (SAD)
del distrito que corresponda.
El docente deberá remitir allí el motivo
de su disconformidad y adjuntar – digitalizada – la planilla de reclamos PAD 2022 que obra en el portal abc- Servicios, nota con el detalle de su disconformidad y las probanzas respaldatorias
de su petición, a fin que sea considerado (art 52° Decreto 2485/92 modificado por su similar
441/95)
IMPORTANTE:
Se solicita a los docentes
de los niveles de Educación
Secundaria, Técnica y Agraria
que consignen de forma precisa
la denominación curricular de la o las asignatura/s, código PID y carga horaria
con situación de revista TITULAR.
IMPORTANTE:
En el PAD 2022 se considera
la antigüedad para puntaje
al 1/1/2022; y en el promedio de
calificaciones se promedian
todas las calificaciones obtenidas como titular
en el cargo que reclama
desde el ciclo lectivo en el que fue designado hasta la del año 2020 incluido
(dos años anteriores al corriente PAD)
➢ ¿Qué documentación se presenta en el Reclamo
de PAD 2022?
El docente, conforme al ítem del cual se disconforma,
deberá adjuntar en forma digitalizada las probanzas respaldatorias de su petición
DOCUMENTACIÓN A ANEXAR
1.
De acuerdo al ítem reclamado:
A. Títulos y cursos Bonificantes: SOLO LOS CASOS EN LOS CUALES NO ESTÉN DE ACUERDO CON EL PUNTAJE DE BONIFICANTES REFLEJADO EN EL LISTADO OFICIAL
Para el PAD 2022 sólo se consideran títulos y cursos registrados hasta el 30-9-2021
(LEY 10579 y su Reglamentación, Artículo
50 inc. A. 4)
Se deberá acreditar
el desempeño en cargo jerárquico mediante copias autenticadas de las disposiciones pertinentes, (inicio
y limitación).
PERÍODOS A CONTEMPLAR:
- En caso de simultaneidad entre un cargo de mayor ítem
escalafonario y otro de menor valor,
se considerará aquel que sea de mayor valoración.
Ejemplo: Docente que posee en
el año 2021, desempeño curso escolar completo,
de marzo a diciembre, como SECRETARIO cuyo valor es de 1.00
punto, y en el mismo año, 2021, curso escolar completo
se desempeñó como PROSECRETARIO cuyo valor es de 0.50, NO SE SUMARAN
LOS VALORES A 1.50 PORQUE EL MAXIMO ASIGNABLE POR AÑO ES 1 PUNTO, SI NO, QUE
SE LE ASIGNARA EN SU CARGO O MOD TITULARES EL MAYOR VALOR DE DESEMPEÑO
EN ESE AÑO, O SEA, 1 PUNTO.-
- Casos de
desempeños sucesivos:
1. En
el caso de que el desempeño cubra curso escolar completo, es decir, de marzo a
diciembre del mismo año, pero con dos
cargos sucesivos de distintos ítems escalafonarios, no corresponde computarlo para fines de puntaje.
Ejemplo: PROSECRETARIO cuyo valor es 0.50, desempeñándose
del 05/03/2020 al 3/08/2020; y del
04/08/2020 al 07/12/2020 se desempeña como SECRETARIO cuyo valor es 1 punto. Si bien el curso escolar se cubrió completo, no corresponde asignar
valoración alguna respecto del año 2020, dado que son dos cargos de distinto
valor.
2.
Si
se trata de dos Cargos que
también cubren el curso escolar, de marzo a diciembre del mismo año, son sucesivos, pero del mismo
ítem escalafonario, entonces sí corresponde asignarle puntaje
Ejemplo: VICEDIRECTOR cuyo valor es 1.00, desempeñándose
del 05/03/2020 al 3/08/2020; y del 04/08/2020 al 07/12/2020 se desempeña
como DIRECTOR cuyo valor es 1 punto. El curso
escolar se cubrió completo, y corresponde
contemplar el año 2020, dado que son dos cargos de igual valoración.
C. Antigüedad para puntaje, SOLO EN LOS CASOS EN LOS CUALES ESTE EN DISCONFORMIDAD CON SU ANTIGUEDAD EN EL PAD
(LEY 10579 y su Reglamentación, Artículo 50 inc. B y
Artículo 53; y Resoluciones 11791/99, 4607/98
y 1277/99)
El desempeño docente
de la DIEGEP se debe acreditar mediante
formulario CEC 15, homologado por la DIEGEP (Fotocopia autenticada)
El desempeño docente del orden ex -
nacional en jurisdicción territorial de la Provincia de Buenos Aires (Transferido), se debe acreditar
mediante certificado del establecimiento avalado por autoridad competente. (Fotocopia
autenticada)
En la antigüedad para puntaje sólo se considera desempeño
docente en el mismo cargo, por lo tanto, los servicios que conforman la antigüedad para puntaje de un cargo, NO pueden ser utilizados en la composición de la antigüedad para el puntaje
de un SEGUNDO CARGO.
Aclaración para el cómputo de antigüedad en un segundo cargo
D Promedio de calificaciones:
Para el PAD 2022 se promedian todas las calificaciones obtenidas como titular
en el cargo hasta la calificación 2020 inclusive (dos años anteriores al corriente PAD).
Copia de la RESOLUCIÓN de la confirmación y destino definitivo como Titular y /o acrecentamiento, o en su defecto la copia de RESOLUCIÓN de Designación como titular interino, o copia autenticada del acta de designación de titular interino labrada oportunamente por la Secretaría de Asuntos Docentes.
Departamento de Puntaje Docente.
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE ASUNTOS DOCENTES.